lunes, 5 de marzo de 2012

REGLAMENTO DE ESTUDIANTE Y DEBERES DEL ESTUDIANTE CAPITULO 13


CAPÍTULO 13 
GRADOS 
ARTÍCULO 59. OPCIONES DE GRADO. A excepción de las facultades de Artes  y de Derecho, que se regirán por su respectivo Reglamento, los estudiantes de la UMB pueden escoger una de las siguientes opciones de grado:  
1.  Examen preparatorio. Este examen abarcará todo el conocimiento del Plan de Estudios académicos y equivaldrá a un examen integral. La Universidad establecerá las condiciones de este examen y las direcciones de carrera la aplicación correspondiente.  26La calificación del examen preparatorio se efectuará con los criterios de aprobado o reprobado y se registrará en un acta firmada por los jurados designados, el estudiante y el Director de Carrera. 

2.  Sustentación trabajo de Investigación. El resultado de la Investigación o del trabajo de Aplicabilidad  Profesional realizado durante los cursos  Proyecto de Investigación, deberá exponerse ante un jurado calificador. La calificación de la sustentación se efectuará con los criterios de aprobado o reprobado y se registrará en un acta firmada por los jurados designados, el estudiante y el Director de Programa. 

3. Diplomado. Los estudiantes podrán inscribirse a esta opción de grado de acuerdo con la oferta específica de cada Programa. Tendrá una duración mínima de 120 horas, deberá cumplirse con asistencia del 90%.Se calificará con nota de aprobado, no aprobado y se expedirá El certificado correspondiente. 

PARÁGRAFO 1.  En caso de existir una especialización o maestría afín al área de conocimiento del programa, el primer semestre de la especialización podrá  ser homologado como requisito de grado. 

PARÁGRAFO 2.  Todo estudiante que ha obtenido un promedio histórico igual o superior a 4.5 quedará exonerado de presentar las opciones de grado. 

PARÁGRAFO 3. El Consejo Superior podrá establecer los incentivos a que se harán acreedores los estudiantes como opción de grado, por la obtención de los más altos promedios en los exámenes de calidad de la Educación Superior.   

ARTÍCULO 60.  REQUISITOS PARA GRADO. Para obtener el título de la UMB como profesional, los aspirantes deben cumplir con los siguientes requisitos: 
a. Haber cursado y aprobado la totalidad de los créditos correspondientes al plan de Estudios establecido por el respectivo Programa Académico. 
b. Haber cumplido con una de las opciones de grado. 
c. Pagar los derechos que por concepto de grado fija anualmente la Institución y estar a paz y salvo por todo concepto con todas las dependencias de la Institución. 

PARÁGRAFO.  En caso de fallecimiento de un estudiante de pregrado, a solicitud de los familiares, podrá otorgarse el grado póstumo siempre y cuando este haya cursado  por lo menos el 75% de los créditos de su plan de estudios. 

ARTÍCULO 61. PLAZO DE GRADO. El estudiante, una vez cursados y aprobados los créditos correspondientes a su plan de estudios, tendrá un plazo máximo de un (1)  año para el cumplimiento de la totalidad de los requisitos de grado. Si  el estudiante desea graduarse después de este plazo deberá solicitar ante el Consejo de Programa o de Facultad, un 27
Estudio de la situación académica actual, a fin de determinar los cursos y el número de Créditos que deberá completar para su actualización. 

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